Armenia, 30 de septiembre de 2010.
Doctor Alfonso Londoño Orozco
Rector Universidad del Quindío.
Cordial saludo.
En respuesta a su oficio fechado el 17 de septiembre de 2010 y con radicación No 7051, en el cual se invita a hacer precisiones sobre nuestra sugerencia de pagar el derecho salarial que usted está negando al personal administrativo de nuestra Alma Mater, le recordamos que la Constitución Nacional reconoce el derecho de asociación y en virtud del mismo, hemos conformado el Grupo de Estudio Colectivo Docente, al servicio de la Universidad del Quindío, pretendiendo su preservación como bien público y propugnando “por la excelencia académica, investigativa y organizacional, a través de la democracia y el pluralismo”.
En misiva anterior, le sugerimos respetuosamente que cumpliera la Ley y ante todo que honrara los compromisos adquiridos con los trabajadores administrativos de la Universidad, concretamente en el pago de la prima de servicios correspondientes a los años 2008, 2009 y 2010. Se admite que hoy se está pagando la bonificación de servicios prestados, pero no por voluntad propia, sino por la exigencia judicial, sin olvidar que los pagos fueron parciales, pues solo se han beneficiado del pago completo quienes acudieron a la justicia para lograr el pago de un concepto
laboral que no es una bondad de la Administración de la Universidad hacia los trabajadores, sino un derecho consagrado en la Ley.
Con respecto a la Mesa de Concertación, para negociar entre otros el pago de la prima de servicios, no consideramos que deba ser objeto de concertación el cumplimiento de la Ley que favorece a los empleados de la institución. Los trabajadores administrativos han asistido a dicha mesa convocados por el ánimo de solucionar una problemática que es de Ley; sin embargo, los temas que allí se discuten no se ven reflejados de forma efectiva en la vida administrativa y en el
reconocimiento concreto de los derechos de los trabajadores.
El Consejo Superior mediante acuerdo 019 del 22 de diciembre de 2009 aprobó el pago de los factores salariales y prestacionales que tengan origen legal. De igual forma, la Ley 1395 del 12 de julio de 2010, en su artículo 114 ordenó a las entidades públicas, de cualquier orden, que ante el reconocimiento de prestaciones sociales y salariales, se tendrá en cuenta el precedente jurisprudencial, que sobre los mismos hechos se hubiera proferido en cinco o más casos análogos.
Le aclaramos Señor Rector, que ningún integrante del Colectivo Docente a instaurado contra usted demanda alguna ante la Auditoría General de la Nación y/o la Procuraduría General de la Nación por el pago de la bonificación de servicios prestados, como usted equivocadamente lo señala.
En aras de la transparencia que dice predicar, le pedimos que aclare si expresiones como “derecho a aspiraciones personales” y “apoyo promotor a las ansias rectorales” que se incluyen en su comunicación, traslucen una aspiración en nombre propio a la reelección a la Rectoría de la Universidad del Quindío. Aclaración que haría bien a la Comunidad Universitaria y a la sociedad en general, para saber si su actuación es en condición de Rector de la Universidad o de Rector- Candidato a la reelección.
No compartimos Dr. Lodoño, que pretenda cercenar la facultad que tiene un docente en forma individual o colectiva como en este caso, de expresar su opinión frente a la gestión de la Universidad; consideramos que el ambiente laboral, desde el punto de vista administrativo, sí afecta los procesos de acreditación institucional. La experiencia administrativa de varios integrantes del Colectivo Docente, conduce a precisar que la actual administración no ha logrado la acreditación del ningún programa académico hasta el día de hoy. Le recordamos que usted recibió la Rectoría con un total de quince estudios de autoevaluación de igual número de programas académicos; dicho trabajo no fue utilizado por usted de forma eficiente para que al día de hoy, los resultados de acreditación de programas e institucional fuera favorable para el bien de nuestra Alma Mater.
Señor Rector, de la manera más cordial y respetuosa le extendemos invitación para construir espacios de diálogo y construcción de Universidad. Nuestros único interés es contribuir a la excelencia académica, investigativa y organizacional de nuestra institución. Consideramos que la Universidad es un espacio de construcción colectiva, donde confluyan todos los actores institucionales y sociales, el Pluralismo conceptual es de natura universitaria. Los pensamientos diversos no Implican confrontación personal, son por el contrario un factor indispensable para el posicionamiento de la Universidad que la región requiere y la sociedad demanda.
Cordialmente,
Colectivo docente UQ.